Para saber si una operación debe estar sujeta a facturación electrónica (e-invoicing) o transmisión de información a la administración (e-reporting), se deben analizar dos criterios esenciales: el lugar de establecimiento de las partes y la territorialidad del IVA.
En primer lugar, es importante identificar dónde se encuentran el cliente y el proveedor. Si ambas partes están ubicadas en Francia, la transacción entra dentro del ámbito de la facturación electrónica en facturación electrónica. Por otro lado, si una de las partes se encuentra en el extranjero (UE o no UE), la transacción estará sujeta a e-reporting, porque no puede procesarse en el marco de la facturación electrónica obligatoria.
Entonces es necesario comprobar la territorialidad del IVA. La facturación electrónica sólo se aplica a las transacciones B2B nacionales, es decir, entre empresas sujetas al IVA en Francia. Por el contrario, los informes electrónicos se refieren a transacciones B2C, intercambios con empresas extranjeras, así como a determinadas operaciones exentas que no entran en el ámbito de la facturación electrónica.
En resumen, la facturación electrónica en facturación electrónica sólo se refiere a transacciones entre sujetos pasivos establecidos en Francia y sujetos a las normas fiscales francesas.
El e-reporting, por su parte, se aplica a operaciones fuera del ámbito de la facturación electrónica, como las ventas a particulares, las exportaciones y las adquisiciones intracomunitarias.