De conformidad con el artículo 91 de la Ley de Finanzas para 2024, el calendario para la aplicación de la reforma de la facturación electrónica ha cambiado. El calendario original era entre 2024 y 2026. Ahora los plazos son: 1 de septiembre de 2026 (obligación de recepción para todas las empresas y de envío para las grandes empresas y las ETI) y 1 de septiembre de 2027 (obligación de envío para las PYME y las EVE).
En el marco de la reforma de la ley de 2026 sobre la facturación electrónica, se ha elaborado un calendario de facturación electrónica para su aplicación progresiva, en función del tamaño de las empresas registradas a efectos del IVA establecidas en Francia. Esta evaluación se basa en el criterio de la unidad jurídica, en particular el número de empleados y el importe del volumen de negocios.
Se está preparando la transición a la facturación electrónica, por lo que es conveniente anticiparse a esta reforma y empezar ya a enviar facturas en formato electrónico.
Formulario de simulación :
Sus facturas de compra serán recibidas por la PDP (Plataforma de Desmaterialización de Socios) que usted, o su editor de gestión de facturas, haya elegido. La plataforma elegida puede ser la misma que la de su proveedor.
Tras el anuncio hecho por la DGFiP el 15 de octubre de 2024, las funciones gratuitas de creación, encaminamiento y consulta de facturas ofrecidas por el Portal de Facturación Pública (PPF) ya no están disponibles. El PPF se concentrará en las funciones de Directorio Público y Concentrador para los flujos desde los PDP hacia la Hacienda Pública. Ahora es obligatorio que las empresas utilicen un PDP registrado ante las autoridades fiscales para intercambiar facturas electrónicas.
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