Informe especial: Derecho financiero – Obligaciones de facturación electrónica

¿Está preparado para las nuevas obligaciones de facturación electrónica?

Artéva puede ayudarle y guiarle en la anticipación de las obligaciones y la evolución de la facturación electrónica, y en la obtención de una visión 2026 para sus proyectos.

mise en conformité

01 – Nuevas obligaciones

Obligaciones de facturación electrónica: lo que hay que saber

Teniendo en cuenta el marco jurídico y, en particular, el artículo 153 de la Ley de Finanzas 2020, una empresa debe poder recibir sus facturas en formato electrónico a partir de 2026 y emitirlas progresivamente a partir de la misma fecha, en función del tamaño de la empresa.

Las etapas para su empresa de 2024 a 2026: desmaterializar sus facturas

En el marco de la reforma de la ley sobre facturación electrónica 2026, se ha elaborado un calendario de entrada en vigor progresiva en función del tamaño de las empresas registradas a efectos del IVA establecidas en Francia. Esta evaluación se basa en el criterio de la unidad jurídica, en particular el número de empleados y el importe del volumen de negocios.

Facturación electrónica

Facturación electrónica: obligación de recibir y enviar facturas electrónicas.

E-reporting

E-reporting: obligación de transmitir los datos de facturación a las autoridades fiscales.

En el corazón de la facturación electrónica, Arteva le mantiene informado

Artéva participa activamente desde mediados de 2020 en las consultas y grupos de trabajo dirigidos por la DGFiP, la AIFE y la FNFE sobre las obligaciones de facturación electrónica. Los expertos de Artéva están desarrollando las funcionalidades de la plataforma Orchestrade® para que pueda cumplir con las obligaciones impuestas por la nueva normativa.

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Calendario de facturación electrónica: ¿qué y cuándo implementarlo?

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02 – El calendario a seguir

¿Cómo puede anticipar sus obligaciones en función del tamaño de su empresa?

Todos los tipos de empresas deberán prepararse para la entrada en vigor de la Ley de Finanzas 2024-2026.

A partir del 1 de septiembre de 2026, la recepción de facturas electrónicas será obligatoria en Francia para las grandes empresas y las medianas empresas (PYME).
Para las pequeñas y medianas empresas (PYME) y las microempresas, esta obligación comenzará el 1 de septiembre de 2027.

03 – Plataformas de facturación electrónica

Plataformas de desmaterialización: actores clave de la facturación electrónica

En virtud de la Ley de Finanzas para 2026-2027, las empresas deberán utilizar los servicios de las plataformas de facturación electrónica. Existen varios tipos de plataformas a disposición de las empresas.

Plataforma de Desmaterialización de Socios (PDP)

Una plataforma de desmaterialización de socios es un actor intermediario que participa en los intercambios entre proveedores y sus clientes.

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Portal de Facturación Pública (PPF)

Una plataforma de desmaterialización de socios es un actor intermediario que participa en los intercambios entre proveedores y sus clientes.

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Operador de desmaterialización (OD)

Una plataforma de desmaterialización de socios es un actor intermediario que participa en los intercambios entre proveedores y sus clientes.

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04 – Recursos

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