Facturación electrónica entre empresas privadas: ¿obligatoria a partir de 2023 en Francia?

Según un informe de la FNFE, el 74% de las empresas declaran intercambiar facturas electrónicas, pero el 86% de esta parte realizan en realidad un doble envío (factura electrónica + papel).

Dématérialisation facturesPublié le 08/04/20

Según un informe de la FNFE, el 74% de las empresas declaran intercambiar facturas electrónicas, pero el 86% de esta parte realizan en realidad un doble envío (factura electrónica + papel). El PDF simple se desarrolla cada vez más en las empresas (70% de facturas entrantes contra 50% de facturas salientes en formato electrónico). El formato totalmente automatizado del EDI es utilizado por el 40% de las empresas en emisión y el 20% de ellas lo utilizan en recepción.

Como es sabido, el estado empuja esta transición hacia la digitalización de los procesos de facturación. El Gobierno ha puesto en marcha el Portal Chorus Pro con este objetivo. Desde 2020, todas las empresas francesas están obligadas a enviar sus facturas en formato electrónico a los Establecimientos Públicos a través de esta plataforma Chorus Pro.

Facturación electrónica entre empresas privadas: ¿Una implantación obligatoria entre 2023 y 2025 ?

Si la facturación electrónica es hoy en día obligatoria solo para la emisión de facturas destinadas al Estado, tiende a extenderse a las relaciones B2B. En efecto, el artículo 153 de la ley de finanzas 2020 promulgada a finales de 2019 prevé la generalización de la obligación de facturación electrónica en las relaciones entre sujetos pasivos del IVA.

Sería efectiva a partir del 1 de enero de 2023, o el 1 de enero de 2025, y afectaría al conjunto de las empresas francesas sujetas al IVA. Al igual que en el caso de Chorus Pro, la obligación sería progresiva y dependería del tamaño de las empresas y de su sector de actividad. Podemos imaginar ya que las mayores empresas francesas serían las primeras afectadas, mientras que las microempresas se beneficiarán de un plazo más largo.

Los decretos anunciados permitirán fijar el calendario de las aplicaciones así como las modalidades asociadas. Un informe de la DGFIP elaborado con las partes interesadas pertinentes y con el apoyo de expertos internacionales se presentará al Parlamento para el 1 de septiembre de 2020.

Aplicación de la facturación electrónica en el sector privado: ¿qué dice el Estado?

Este informe tiene como objetivo determinar las soluciones técnicas, jurídicas y operativas más adecuadas para la implantación de la facturación electrónica obligatoria en las relaciones B2B. Detallará, para cada una de las soluciones elegidas, los límites organizativos a los que pueden enfrentarse los profesionales así como los beneficios esperados por parte de las empresas y la Administración Fiscal.

El propósito de la obligación de facturación electrónica?

  • Simplificar las declaraciones de IVA mediante el prellenado en línea
  • Reducir los plazos de pago y los costes asociados al procesamiento de facturas en papel mediante la digitalización del proceso de facturación e integración automática de las facturas en los sistemas contables de las empresas
  • Luchar contra el fraude fiscal mediante la recopilación y utilización de datos sobre facturación por parte de la DGFIP.


En esta dinámica, las pruebas realizadas por la Agencia para la informática financiera del Estado (AIFE) se realizaron con éxito a través del portal Chorus Pro, ya bien conocido por las empresas, durante febrero de 2020. Por primera vez, dos entidades privadas intercambiaron facturas a través de la plataforma estatal!

Desmaterialización y desmaterialización fiscal de las facturas: ¿qué diferencias?

Es interesante diferenciar la desmaterialización y la desmaterialización fiscal de las facturas para evitar confusiones. En efecto, no basta con enviar sus facturas en formato electrónico (simple desmaterialización) para que éstas sean consideradas válidas fiscalmente.

Los criterios de validez de una factura electrónica

  • Demostrar la autenticidad de su origen

Debe asegurarse de que la identidad del emisor (por ejemplo, su proveedor) está garantizada. La factura debe haber sido transmitida por este emisor o estar bajo su control (por su proveedor o su cliente en caso de autofacturación).

  • Certificar la integridad de su contenido

La factura no debe poder modificarse durante el proceso.  Es decir, los datos deben permanecer iguales a lo largo de su recorrido hasta el destinatario y hasta que finalice su archivo electrónico.

  • Garantizar la legibilidad

El archivo generado debe ser legible e interpretable por todos, cualquiera que sea la parte interesada.

Una facturación electrónica legal

Para que su proceso de desmaterialización de facturas cumpla con los criterios de validez de las facturas y las restricciones legales asociadas, debe adoptar una de las siguientes soluciones:

  • Elección de la factura electrónica simple, escaneada o no (sin firma o firma manual)

Se requiere una pista de auditoría fiable de la empresa como control interno para que las facturas sean admitidas fiscalmente. Toda empresa debe establecer un procedimiento documentado de seguimiento de auditoría fiable para demostrar la conformidad de los flujos de facturación y las facturas asociadas.

Por lo tanto: el uso de nuestra plataforma de desmaterialización de facturas facilita la creación de su pista de auditoría fiable.

  • Elección de la factura electrónica firmada con una solución legal de firma electrónica

No tiene que hacer nada más, no necesita una pista de auditoría fiable.

Descubra nuestra oferta de Portal Proveedor y Portal Cliente : envío y/o recepción de sus facturas en cualquier formato con solución de firma electrónica legal integrada.

  • Elección de la factura EDI (INVOIC)

Tampoco tiene que hacer nada más y no necesita una pista de auditoría fiable.

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